¿Qué potencia eléctrica debo contratar?

23/02/2018


La potencia eléctrica contratada es uno de los principales costes de la factura de la luz en España.

Según un informe de ANAE, en 2014 los consumidores tenían contratados 175.000MW, siendo según datos de Red Eléctrica la capacidad máxima de generación de 99.311MW en 2017 y habiendo registrado el record histórico de demanda en diciembre de 2007 con 44.876MW.

Esto quiere decir que los consumidores tenemos 4 veces más potencia contratada de la necesaria, por lo que estamos pagando mucho más de lo que deberíamos.

*Aclaración: a la vista de los múltiples mensajes que hemos recibido hemos decidido aclarar esto: son datos macro y al decir consumidores nos referimos a todos los consumidores de electricidad de España (particulares, empresas, comunidades,...). No estamos hablando en ningún momento de la potencia contratada que tenga cada uno en su casa, que casi siempre es la adecuada debido a que si nos excedemos se interrumpe el suministro debido al ICP (se explica más abajo lo que es). En todoenergia no solemos recomendar la bajada de potencia en residencial ya que al no tener maxímetro (también lo explicamos más abajo) no tenemos datos medidos de la demanda del cliente y podría acarrear problemas. Eso sí, el KW para potencias contratadas menores de 10KW según BOE cuesta 38,043426 €/kW y año, es decir 0,104228 €/kW y día, por lo que si en tu factura te lo cobran más caro, deberías consultar nuestras ofertas de luz y cambiarte. Agradecemos todos los comentarios ya que nuestro objetivo es aclarar conceptos relacionados con la luz y el gas en lugar de provocar confusión.

La siguiente imagen muestra la distribución de la demanda a lo largo del día de ayer:

Potencia eléctrica demandada

*Fuente: Red Eléctrica

¿Cuánto cuesta la potencia contratada?

Según la Orden IET/107/2014, los precios de la potencia contratada para las distintas tarifas de acceso son:

  • Tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA y 2.0DHS: 38,043426 €/kW y año
  • Tarifas de acceso 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHS: 44,444710 €/kW y año.
  • Tarifa de acceso 3.0A: P1 40,728885, P2 24,437330, y P3 16,291555 €/kW y año.
  • Tarifa de acceso 3.1A: P1 59,173468, P2 36,490689, y P3 8,367731 €/kW y año.
  • Tarifa de acceso 6.1A: P1 39,139427, P2 19,586654, P3 14,334178, P4 14,334178, P5 14,334178 y P6 6,540177 €/kW y año.

En muchos casos la comercializadora eléctrica nos cobra la potencia contratada a un precio superior de los anteriores ya que en el mercado libre los precios se establecen en el contrato que firmemos como un acuerdo mercantil entre dos partes.

A precio de BOE, por cada KW extra contratado en una tarifa 2.0A que es la habitual en nuestros hogares pagaremos 38,043426€ al año, o por ejemplo una comunidad de vecinos con una tarifa 3.0A y potencias contratadas P1: 17KW, P2: 17KW y P3: 17KW, en la que la potencia demandada no supere 2KW en ninguno de sus periodos, lo cual es algo habitual, estará pagando 1221,86€ de más al año: (15x40,728885 + 15*24,437330 + 15x16,291555).

Sin embargo la legislación vigente establece reglas en la contratación de la potencia contratada que no permiten bajar la potencia todo lo que nos gustaría. Por ejemplo en el caso de la comunidad de vecinos anterior si queremos mantener la tarifa 3.0A debemos tener al menos en alguno de los 3 periodos 15KW de potencia contratada.

En las tarifas para potencias contratadas menores de 10KW, que son las que tenemos casi todos en nuestros hogares, según BOE cuesta 38,043426 €/kW y año, es decir 0,104228 €/kW y día, por lo que si ves que en tu factura te lo cobran más caro, deberías contratar la luz en todoenergia con la potencia contratada a precio de BOE y sin margen comercial.


¿Qué es el maxímetro?

El maxímetro es un sistema que mide la potencia demandada y determina el valor máximo registrado desde la última lectura.

A partir de la tarifa de acceso 3.0A o en tarifas inferiores para suministros no interrumpibles (con ascensores, hospitales, etc.) se utiliza este mecanismo en lugar del Interruptor de Control de Potencia (ICP). Con el ICP si nos excedemos de la potencia contratada se interrumpe el suministro y con el maxímetro simplemente se registra el exceso.

En los casos que exista un maxímetro, la legislación vigente establece reglas para el cálculo de la potencia contratada que se nos va a facturar.


Regla del 85-105

El R.D. 1164/2001 establece para las tarifas 3.0A y 3.1A la siguiente forma de cálculo de la potencia contratada a facturar:

  • Si la potencia máxima demandada, registrada en el período de facturación, estuviere dentro del 85 al 105 por 100 respecto a la contratada, dicha potencia registrada será la potencia a facturar.
  • Si la potencia máxima demandada, registrada en el período de facturación, fuere superior al 105 por 100 de la potencia contratada, la potencia a facturar en el período considerado será igual al valor registrado más el doble de la diferencia entre el valor registrado y el valor correspondiente al 105 por 100 de la potencia contratada.
  • Si la potencia máxima demandada en el período a facturar fuere inferior al 85 por 100 de la potencia contratada, la potencia a facturar será igual al 85 por 100 de la citada potencia contratada.

Según esto, si el valor registrado en nuestro maxímetro no alcanza el 85% de la potencia contratada, sólo nos facturarán el 85% de la potencia. No obstante hay que recordar que en el mercado libre los contratos son un acuerdo entre dos partes en el que podemos firmar que nos cobren el 100%.

Nos podemos beneficiar de esta regla para contratar más potencia de la que vamos a demandar y que sólo nos cobren el 85%. Normalmente esto se utiliza en el periodo más barato para poder acceder a una tarifa de acceso superior.

Por ejemplo en el caso de la comunidad de vecinos anterior, si contratamos 15KW en el periodo 3, nos facturarían sólo 12,75KW y de esta forma podríamos seguir manteniendo la tarifa de acceso 3.0A. En P1 y P2 podríamos contratar por ejemplo 5KW y de esta forma pagar mucho menos.

Optimización Potencia Contratada

¿Qué es el exceso de potencia?

En el caso de que nuestro maxímetro registre un valor superior al 105% de la potencia contratada se nos facturará el exceso como exceso de potencia.

Dependiendo de la tarifa de acceso existen distintas reglas para determinar cuanto cuesta dicho exceso, pero suele salir caro y no conviene tener exceso de potencia. Por ello debemos fiarnos de profesionales para ajustar la potencia contratada.


Pagar menos por la potencia contratada

En todoenergia somos asesores energéticos expertos en la optimización de potencias y podemos asesorarte acerca de todos los "trucos" que permiten reducir al mínimo tu factura.

Además, te ofrecemos contratos con potencia contratada a precio de BOE y en los que hemos revisado la letra pequeña.

En el pié de página puedes ver cómo contactar con nosotros si quieres pagar menos. Nuestro trabajo es ayudarte, revisaremos tu factura sin compromiso.

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